WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS) les recordó hoy a los jubilados nacidos antes del 1ro de julio de 1948, que deben recibir pagos de sus planes individuales de retiro (IRAs) y de los planes de retiro del trabajo antes de 31 de diciembre.
Los pagos, llamados distribuciones mínimas requeridas (RMDs, por sus siglas en inglés), normalmente se realizan a fines de año. Aquellos que cumplieron 70½ de edad durante 2018 están cubiertos por una regla especial, sin embargo, permite que los beneficiarios de estos pagos en el primer año esperen hasta el 1ro de abril de 2019 para obtener sus primeras RMDs.
Esto significa que quienes nacieron después del 30 de junio de 1947, y antes del 1ro de julio de 1948, son elegibles para esta regla especial. A pesar de que los pagos realizados a estos contribuyentes a principios de 2019 se pueden contar hacia sus RMDs de 2018, siguen siendo tributales en 2019.
Tipos de planes de retiro que requieren RMDs
Las reglas de distribución requeridas se aplican a los propietarios de IRAs tradicionales, de Pensión Simplificada de Empleados (SEP, por sus siglas en inglés) y de Planes de Incentivos de Ahorro para Empleados (SIMPLE, por sus siglas en inglés), pero no a IRAs tipo Roth mientras el propietario original esté vivo. También se aplican a participantes de diversos planes de retiro del lugar de trabajo, incluidos los planes 401(k), 403(b) y 457(b).
Un fiduciario de IRA debe informar el valor de la RMD al propietario de la IRA u ofrecer el cálculo para el propietario. A menudo, el fiduciario muestra la cantidad de RMD en la casilla 12b del Formulario 5498. Para una RMD de 2018, esta cantidad se encuentra en el Formulario 5498 de 2017 normalmente emitido al propietario durante enero de 2018.
La fecha límite especial del 1ro de abril solo se aplica a la RMD durante el primer año. Para todos los años subsiguientes, la RMD debe realizarse antes del 31 de diciembre. Así, por ejemplo, un contribuyente que cumplió 70½ años en 2017 (nacido después del 30 de junio de 1946 y antes del 1ro de julio de 1947) y recibió la primera RMD (para 2017) para el 1ro de abril de 2018, aún debe recibir una segunda RMD (para 2018) antes del 31 de diciembre de 2018.
Formularios y publicaciones en línea del IRS pueden ayudar
La distribución mínima requerida (RMD) para 2018 se basa en la expectativa de vida del contribuyente en el 31 de diciembre de 2018 y el saldo de su cuenta al 31 de diciembre de 2017. El fiduciario informa el valor de la cuenta de fin de año al propietario de la IRA en la casilla 5 del Formulario 5498. Use las hojas de trabajo en línea en IRS.gov o busque las hojas de trabajo y las tablas de expectativa de vida para hacer este cálculo que se pueden encontrar en los apéndices de la Publicación 590-B (en inglés).
Para la mayoría de los contribuyentes, la RMD se basa en la Tabla III (Uniform Lifetime) en la Publicación 590-B. Entonces, para un contribuyente que cumplió 72 años en 2018, la distribución requerida se basaría en una expectativa de vida de 25.6 años. Una tabla separada, la Tabla II, se aplica a un contribuyente casado con un cónyuge que es más de 10 años más joven y es el único beneficiario del contribuyente.
Aunque las reglas de RMD son obligatorias para todos los propietarios de IRAs tradicionales, SEP y SIMPLE, y los participantes en los planes de retiro del lugar de trabajo, algunas personas con planes del trabajo pueden esperar más tiempo para recibir sus RMDs. Los empleados que aún trabajan normalmente pueden, si su plan lo permite, esperar hasta el 1ro de abril del año después de su retiro para comenzar a recibir estas distribuciones. Vea la Publicación 575, Impuesto sobre la Acumulación Excesiva (en inglés). Los empleados de las escuelas públicas y ciertas organizaciones exentas de impuestos con acumulaciones del plan 403 (b) antes de 1987 deben consultar con su empleador, administrador del plan o proveedor para ver cómo tratar estas acumulaciones.
Más información acerca de las RMDs (en inglés) que incluye respuestas a preguntas frecuentes (en inglés), se puede encontrar en IRS.gov